Descripción del Servicio
Tramitar las solicitudes de exoneración del pago de ITBIS en el mercado local de insumos, materiales y equipos de las empresas acogidas a la Ley 12-21.
A quién va dirigido
Empresas Activas Acogidas a la Ley 12-21.
Departamento que lo ofrece
Control de Incentivos y Fiscalización de Empresas en la Zona Fronteriza.
Empieza
Con el pago por el servicio de tramitación y con la recepción de la solicitud del servicio de Tramitación de Exoneración de Impuesto a la transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) (18%).
Termina
Con la emisión del oficio de No Objeción dirigido al Ministerio de Hacienda y enviado al cliente vía correo electrónico o en su defecto, entregada vía mensajería a la empresa solicitante.
Requerimientos o Requisitos
- Carta de solicitud del servicio dirigida al Director del Consejo.
- Anexar factura proforma o cotización reciente, en original, sellada debidamente por el proveedor. Así mismo, dicha factura proforma o cotización, deberá de tener transparentado el ITBIS y el RNC de la empresa que provee el bien o servicio.
- Copia del Certificado de Calificación de Empresa Fronteriza.
- Certificación de DGII y TSS de los proveedores de insumos, si es necesario.
- Comprobante de pago de la solicitud por RD$11,500.00.
Información de contacto
Procedimientos a seguir
- La empresa solicitante envía el comprobante de pago del servicio de solicitud.
- Contabilidad del CCDF recibe de la empresa, el pago por la tramitación de la solicitud de Exoneración de ITBIS, en forma de cheque o transferencia por un valor de once mil quinientos pesos (RD$ 11,500.00).
- El cliente envía por correo electrónico el expediente para la revisión de la Documentación requerida para la solicitud.
- El Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización revisa la solicitud y la envía a la Dirección Ejecutiva, para firma y sello del oficio de No Objeción.
- La Dirección Ejecutiva recibe del Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización el expediente de solicitud generado y depurado para validación y firma de No Objeción y envía nuevamente al Departamento de Control de Incentivos y fiscalización de Empresas.
- El Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización recibe de la Dirección Ejecutiva el oficio de No Objeción firmado y sellado, el mismo se envía al cliente por correo electrónico.
FIN DEL PROCEDIMIENTO.
Información adicional
Responsables del Servicio:
- Encargado del Depto. de Control de Incentivos y Fiscalización de Empresas en la Zona Fronteriza.
- Técnico de Contabilidad de la División de Contabilidad.
- Secretario Ejecutivo del Consejo de Coordinación Zona Especial Desarrollo Fronterizo (CCDF).
Para más información, comunicarse con el Departamento correspondiente.
Datos importantes
Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Correo Electrónico
48 Horas Laborables
RD$ 11,500.00
48 Horas Laborables