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Tramitación de Exoneración de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) (18%) en compras locales

Descripción del Servicio

Tramitar las solicitudes de exoneración del pago de ITBIS en el mercado local de insumos, materiales y equipos de las empresas acogidas a la Ley 12-21.

A quién va dirigido

Empresas Activas Acogidas a la Ley 12-21.

Departamento que lo ofrece

Control de Incentivos y Fiscalización de Empresas en la Zona Fronteriza.

Empieza

Con el pago por el servicio de tramitación y con la recepción de la solicitud del servicio de Tramitación de Exoneración de Impuesto a la transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) (18%).

Termina

Con la emisión del oficio de No Objeción dirigido al Ministerio de Hacienda y enviado al cliente vía correo electrónico o en su defecto, entregada vía mensajería a la empresa solicitante.

Requerimientos o Requisitos

  1. Carta de solicitud del servicio dirigida al Director del Consejo.
  2. Anexar factura proforma o cotización reciente, en original, sellada debidamente por el proveedor. Así mismo, dicha factura proforma o cotización, deberá de tener transparentado el ITBIS y el RNC de la empresa que provee el bien o servicio.
  3. Copia del Certificado de Calificación de Empresa Fronteriza.
  4. Certificación de DGII y TSS de los proveedores de insumos, si es necesario.
  5. Comprobante de pago de la solicitud por RD$11,500.00.

Información de contacto

Dirección:C/Hoja Ancha #21, Alameda Oeste, Santo Domingo Oeste, R.D.
Teléfono:(809) 475-3932 Ext. 2239

Procedimientos a seguir

  1. La empresa solicitante envía el comprobante de pago del servicio de solicitud.
  2. Contabilidad del CCDF recibe de la empresa, el pago por la tramitación de la solicitud de Exoneración de ITBIS, en forma de cheque o transferencia por un valor de once mil quinientos pesos (RD$ 11,500.00).
  3. El cliente envía por correo electrónico el expediente para la revisión de la Documentación requerida para la solicitud.
  4. El Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización revisa la solicitud y la envía a la Dirección Ejecutiva, para firma y sello del oficio de No Objeción.
  5. La Dirección Ejecutiva recibe del Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización el expediente de solicitud generado y depurado para validación y firma de No Objeción y envía nuevamente al Departamento de Control de Incentivos y fiscalización de Empresas.
  6. El Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización recibe de la Dirección Ejecutiva el oficio de No Objeción firmado y sellado, el mismo se envía al cliente por correo electrónico.

      FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Información adicional

Responsables del Servicio:

  • Encargado del Depto. de Control de Incentivos y Fiscalización de Empresas en la Zona Fronteriza.
  • Técnico de Contabilidad de la División de Contabilidad.
  • Secretario Ejecutivo del Consejo de Coordinación Zona Especial Desarrollo Fronterizo (CCDF).

 

Para más información, comunicarse con el Departamento correspondiente.

Datos importantes

Horario:
Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Canal de Prestación:
Correo Electrónico
Tiempo de realización:
48 Horas Laborables
Costo:
RD$ 11,500.00
Tiempo de respuesta:
48 Horas Laborables

Tramitación de Exoneración de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) (18%) en compras locales